Suspensión de los efectos del Decreto 182 de 2026 relacionado con la operación del aseguramiento con enfoque territorial y poblacional

El Tribunal Administrativo de Antioquia, mediante Interlocutorio 44 de 2026 (10 de marzo de 2026), decretó una medida cautelar de urgencia dentro de una acción popular, ordenando la suspensión de los efectos del Decreto 182 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social, hasta que se profiera sentencia de fondo. ¿Cuáles fueron las razones por las que se suspendió el Decreto 182 de 2026?
  • El decreto implicaría el traslado forzoso de cerca de 6 millones de afiliados, de los cuales 2,6 millones serían asignados a Nueva EPS, entidad intervenida y con problemas financieros y operativos. Además, el estudio técnico no acreditó la capacidad real para absorber masivamente nuevos afiliados.
  • En 502 municipios quedaría una sola EPS operando, transformando la afiliación a Nueva EPS en una imposición, lo que elimina en la práctica la libre elección de los usuarios. Esto afecta de manera directa la dimensión colectiva del derecho fundamental a la salud.
  • Se afecta la libre competencia, al excluir EPS habilitadas y concentrar el aseguramiento en un único operador. Además, configura barreras de entrada estructurales, al exigir umbrales de afiliación que solo pueden alcanzarse si previamente se permite operar en el territorio.
  • El Tribunal encontró insuficiente sustento técnico para justificar los umbrales poblacionales (3%, 5%, 10%, 15%), la exclusión de EPS y la capacidad operativa real de Nueva EPS para asumir más afiliados. Finalmente, no demuestra que el rediseño garantice continuidad, calidad y eficiencia del servicio.
  • El Tribunal advierte que, si los traslados se materializan, los efectos serían irreversibles, aun si la sentencia futura declara vulnerados los derechos colectivos. Adicionalmente, podría producirse el colapso del único asegurador en ciertos territorios, con consecuencias catastróficas para la continuidad del servicio.
Implicaciones clave
  • Se congelan los traslados y la reorganización territorial del aseguramiento en salud.
  • Se mantiene el esquema actual mientras se resuelve el proceso judicial.
  • La decisión limita la implementación inmediata de la reforma y obliga al Gobierno a justificar mejor su impacto sobre derechos colectivos y capacidad del sistema.
(Tribunal Administrativo de Antioquia, Interlocutorio 44 de 2026, 10-mar-26)

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