Actualiza el listado de servicios y tecnologías excluidos de la financiación con recursos públicos en salud

Se actualizan los servicios y tecnologías explícitamente excluidos de la financiación con recursos públicos asignados a la salud, como resultado del procedimiento técnico‑científico, público, colectivo, participativo y transparente previamente adoptado. La actualización se fundamenta en las evaluaciones realizadas dentro del procedimiento de exclusiones, en desarrollo del artículo 15 de la Ley Estatutaria de Salud, y retoma los resultados de tecnologías nominadas y analizadas en vigencias anteriores, así como los insumos derivados de la participación ciudadana y de expertos.   Aplica a todos los agentes, usuarios y demás personas naturales y jurídicas que intervienen directa o indirectamente en la garantía del derecho fundamental a la salud.  
De su contenido se destaca
 
  • Actualiza el anexo técnico que contiene el Listado de servicios y tecnologías excluidos de la financiación con recursos públicos asignados a la salud, el cual hace parte integral del acto administrativo.
  • Adiciona tres (3) nuevas tecnologías al listado de exclusiones existente, que hasta ese momento comprendía ciento catorce (114) tecnologías excluidas.
  • Excluye la financiación de combinaciones farmacológicas como acetaminofén con codeína y acetaminofén con hidrocodona, entre otras tecnologías.
  • Retira el código CIE‑10 R298 del listado de exclusiones, al identificarse que no corresponde a un diagnóstico que refleje dolor neuropático puro, constituyendo un ajuste técnico que no modifica el contenido material del listado.
 
Vigencia: La resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 641 de 2024.
 
Minsalud, Resolución 695 de 2026

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