Aclaraciones sobre el alcance y uso de la Clasificación Única de Ocupaciones (CUOC) en el sector salud

Establece aclaraciones técnicas y jurídicas sobre el alcance, naturaleza y uso de la Clasificación Única de Ocupaciones (CUOC) en el sector salud, con el fin de evitar interpretaciones indebidas de la CUOC y garantizar que la planeación, contratación y gestión del talento humano en salud se realice conforme a la normatividad legal vigente, y no con base en la CUOC. Disposiciones relevantes Naturaleza de la CUOC
  • Tiene carácter estrictamente estadístico, informativo y referencial.
  • No: confiere idoneidad, crea perfiles laborales, autoriza el ejercicio de ocupaciones o profesiones en salud y no sustituye los requisitos legales de formación y habilitación.
Prohibiciones expresas de uso de la CUOC La inclusión de una ocupación o código en la CUOC no puede interpretarse como:
  • Autorización para la vinculación o contratación laboral, el ejercicio de actividades en salud y la habilitación de servicios o modalidades de atención.
  • Sustitución de perfiles profesionales u ocupacionales regulados.
  • Validación de niveles de formación o competencias.
Uso permitido de la CUOC en el SGSSS En el sector salud, la CUOC solo puede utilizarse para:
  • Fines estadísticos.
  • Caracterización ocupacional.
  • Análisis del mercado laboral y tendencias generales.
(MinSalud, Circular Externa 014 de 2026, 28-abr-26)

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