Proyecta reglamentar el procedimiento para el retiro de componentes anatómicos de cadáveres cuando deba practicarse autopsia médico-legal

El Ministerio de Justicia y del Derecho y el Ministerio de Salud y Protección Social proyectan reglamentar el procedimiento para el retiro de componentes anatómicos de cadáveres con fines de trasplante u otros usos terapéuticos, en aquellos casos en que sea obligatoria la práctica de autopsia médico-legal, en desarrollo del artículo 9 de la Ley 1805 de 2016.  
Algunas de las obligaciones
Las instituciones y el talento humano autorizados para el retiro de componentes anatómicos deberían:
  • Cumplir con el Manual del Sistema de Cadena de Custodia y garantizar la adecuada recolección, embalaje y entrega de elementos materiales probatorios. • Realizar registro fotográfico antes y después del procedimiento e incorporarlo al acta correspondiente. • Preservar ciertos elementos biológicos (ej. humor vítreo en tejidos oculares) hasta disposición final ordenada por autoridad competente. • Notificar a los familiares del donante fallecido en los términos normativos. • Llevar registros cronológicos de todas las actuaciones del procedimiento. • Garantizar confidencialidad de la información del donante y del proceso. • Cumplir lineamientos de la Red de Donación y Trasplantes y respetar los turnos asignados.
 
Aspectos de interés
  • Condiciones para el retiro: Solo puede realizarse cuando exista donación o presunción legal de donación, el procedimiento no interfiera con la necropsia ni sus resultados, no exista oposición de autoridades competentes y no se generen mutilaciones innecesarias.
  • Autorización y custodia: El retiro debe ser autorizado por el médico legista y ejecutado bajo su custodia por personal médico o técnico autorizado.
  • Actores habilitados: En IPS: solo instituciones habilitadas para trasplantes y bancos de tejidos autorizados por INVIMA. En Medicina Legal: bancos de tejidos autorizados e inscritos ante dicha entidad.
  • Cadena de custodia y evidencia: Se refuerza la obligación de preservar autenticidad y capacidad probatoria de la evidencia física, alineada con el Manual del Sistema de Cadena de Custodia.
  • Notificación de donantes potenciales: IPS deben identificar casos con autopsia obligatoria y reportarlos a la Red de Donación y Trasplantes, previa verificación de condiciones médico-legales.
  • Registro del procedimiento: Se exige levantamiento de acta por triplicado (historia clínica, IPS/banco de tejidos y Medicina Legal).
  Fechas y plazos: El Instituto Nacional de Medicina Legal tendría 6 meses desde la expedición para definir requisitos de inscripción de bancos de tejidos.   Vigencia: Regiría a partir de su publicación en el Diario Oficial.  
Se rcciben comentarios hasta el 11 de junio
MinJusticia & MinSalud, Proyecto de Resolución, 27-mayo-2026

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