Adopta el proceso de auditoría de los servicios y tecnologías financiados con el presupuesto máximo

Adopta el proceso de auditoría de la información reportada en la herramienta MIPRES, la cual sirve como base para determinar el valor de los presupuestos máximos, e implementar medidas de control sobre el uso de estos recursos en el sistema de salud. Obligaciones de cumplimiento normativo Para EPS y Entidades Adaptadas
  • Atender requerimientos de la ADRES y remitir información, aclaraciones y soportes documentales relacionados con los registros MIPRES.
  • Responder observaciones de auditoría frente a inconsistencias identificadas en la auditoría o auditoría especial.
  • Consultar periódicamente los canales definidos por ADRES (SFTP u otros) para acceder a informes y comunicaciones.
  • Garantizar la veracidad y exactitud de la información reportada en MIPRES, considerando las consecuencias de auditoría en sus procesos contractuales.
  • Suministrar soportes documentales completos que acrediten la prestación, suministro o facturación de servicios y tecnologías en salud.
Fechas y plazos relevantes
  • Periodo auditado: corresponde a registros MIPRES con fecha de entrega entre 1 de enero y 31 de diciembre de la vigencia auditada.
  • Corte de información: incluye registros cuyo ciclo de suministro se cierre entre el 1 de enero del año auditado y el 31 de marzo del año de cálculo.
  • Inicio del proceso de auditoría: a partir del 1 de abril del año en curso.
  • Inmutabilidad de la información auditada: desde el inicio de auditoría no se aceptan modificaciones ni nuevos registros del periodo auditado.
Términos de respuesta
  • Respuesta a observaciones de auditoría: máximo 10 días calendario desde la comunicación.
  • Entrega de información en auditoría especial concurrente: máximo 10 días calendario desde el requerimiento.
(ADRES, Resolución 107498 de 2026, 29-may-26)

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