Proyecta lineamientos de la Carta de Derechos y Deberes de las personas afiliadas, se adopta la Encuesta Nacional de Experiencia del Usuario en Salud

Pretende establecer los lineamientos para la elaboración, actualización, divulgación y entrega de la Carta de Derechos y Deberes de las personas afiliadas, regular la Carta de Desempeño como instrumento de información pública sobre la calidad de las EPS o quien haga sus veces, adoptar la Encuesta Nacional de Experiencia del Usuario en Salud (ENUS) como instrumento oficial para la medición de la experiencia del usuario y del desempeño de los actores del sistema de salud, y definir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información. Carta de Derechos y Deberes
  • Entregar la Carta a nuevos afiliados (al momento de afiliación) y a afiliados activos mínimo una vez al año.
  • Puede ser física o digital (con consentimiento).
Condiciones de accesibilidad
  • Lenguaje claro y sencillo.
  • Inclusión de personas con discapacidad, adultos mayores y ccomunidades étnicas (lenguas nativas).
Contenido mínimo de la Carta
  • Información general del sistema: Red de urgencias (sin autorización previa), eliminación de barreras administrativas, glosario ciudadano, inexistencia de períodos de carencia, procedimientos de acceso a servicios.
  • Derechos del afiliado: Acceso a servicios, tecnologías y medicamentos sin barreras, atención de urgencias sin requisitos, atención continua y sin interrupciones, derecho a segunda opinión, trato digno y no discriminación, etc.
  • Muerte digna: Definiciones (eutanasia, cuidados paliativos, AET, etc.) y derechos específicos (decidir sobre final de vida, solicitar eutanasia, rechazar tratamientos).
Deberes del afiliado
  • Entre otros: Autocuidado, uso responsable del sistema, respeto al personal de salud, suministro de información veraz y contribución económica según capacidad.
Mecanismos de protección
  • PQRD (24/7).
  • Superintendencia de Salud.
  • Defensoría del Pueblo.
  • Aplicativo móvil (calificación y consulta).
  • Acción de tutela.
Se recibirán comentarios hasta el 25 de junio de 2026.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 10-jun-26)

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