Proyecta reglamentar el contrato especial de trabajo de deportistas profesionales y fortalecer su protección en seguridad social y riesgos laborales

Mintrabajo buscaría adicionar una nueva sección al Decreto 1072 de 2015 para reglamentar el contrato especial de trabajo de las y los deportistas profesionales y del cuerpo técnico nacional o extranjero, así como las condiciones de afiliación y cobertura en los sistemas de salud, pensiones y riesgos laborales. La propuesta aplicaría a quienes presten sus servicios bajo subordinación a clubes profesionales, ligas o federaciones deportivas, e incorpora disposiciones específicas en materia de jornada, descanso, igualdad, prevención de riesgos laborales, salud ocupacional y formalización laboral.  
Algunas de las obligaciones:
Los empleadores del sector deportivo deberían:
  • Vincular a deportistas profesionales y cuerpo técnico mediante contrato especial de trabajo por escrito y registrarlo ante los Ministerios del Trabajo y del Deporte dentro de los 15 días hábiles siguientes a su suscripción.
  • Afiliar a los trabajadores al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones y riesgos laborales) antes del inicio de actividades, entrenamientos o pretemporadas.
  • Implementar y mantener el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) con medidas específicas para la actividad deportiva profesional.
  • Garantizar programas permanentes de medicina deportiva, prevención de lesiones, rehabilitación física y acompañamiento psicológico.
  • Suministrar los elementos de protección, indumentaria y equipamiento biomecánico necesarios para la práctica deportiva.
 
Aspectos de interés para ARL
  • Se mantienen las reglas generales de afiliación y cotización al Sistema General de Riesgos Laborales, pero se incorporan medidas específicas de prevención para el deporte profesional.
  • Los deportistas y miembros del cuerpo técnico con varios contratos deberán cotizar al Sistema General de Riesgos Laborales por cada vínculo y en una misma ARL.
  • Los empleadores deberán gestionar riesgos propios del deporte de alto rendimiento, incluyendo fatiga física, factores psicosociales, acoso, discriminación y violencia basada en género.
  • Los deportistas y el cuerpo técnico deberán participar en actividades de prevención y promoción e informar incidentes, accidentes, lesiones y enfermedades laborales.
  • Se crea un Programa de Formalización e Incentivo Económico en Riesgos Laborales para apoyar la afiliación y cotización de deportistas y cuerpo técnico de bajos ingresos.
  • El Ministerio del Trabajo reforzaría la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones en riesgos laborales y SG-SST dentro del deporte profesional.
 
Fechas y plazos
  • El contrato especial de trabajo deberá registrarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su suscripción.
  • El Programa de Formalización e Incentivo Económico en Riesgos Laborales será reglamentado posteriormente por el Ministerio del Trabajo mediante acto administrativo.
Vigencia: Sería a partir de la fecha de su expedición.
Se reciben comentarios hasta el 19 de julio
MinTrabajo, Proyecto de Decreto, 7-jul- 2026

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