Liquida la contribución que deben pagar las entidades vigiladas a la Superintendencia Financiera de Colombia por el segundo semestre de 2026
La SuperFinanciera liquida el valor de la contribución a cargo de las entidades vigiladas para el segundo semestre de 2026, con base en la tarifa previamente establecida por la Resolución 1067 de 2026. Además, define la forma de pago, el procedimiento para acreditar el pago ante la Superintendencia Financiera, los recursos que proceden contra el acto administrativo y las reglas para su notificación. Aspectos de interés:- Se liquida el valor de la contribución que debe pagar cada entidad vigilada, de acuerdo con el cobro individualizado incorporado como anexo de la resolución.
- El pago deberá realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ejecutoria del acto administrativo. El pago extemporáneo genera intereses moratorios conforme al Estatuto Tributario.
- La contribución debe pagarse mediante transferencia a través del sistema PSE dispuesto por la Superintendencia Financiera, utilizando el número único de referencia indicado en el documento de cobro.
- El pago deberá acreditarse ante la Subdirección Financiera mediante correo electrónico, adjuntando el soporte correspondiente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al pago. Si no se recibe la constancia, la situación podrá ser informada al Grupo de Cobro Coactivo de la entidad.
- Contra la resolución procede recurso de reposición ante el Subdirector Financiero dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación.
- Cinco (5) días hábiles siguientes a la ejecutoria del acto administrativo: plazo para pagar la contribución.
- Cinco (5) días hábiles siguientes al pago: plazo para acreditar el pago ante la Superintendencia Financiera.
- Diez (10) días hábiles siguientes a la notificación: plazo para interponer recurso de reposición
