Modifica disposiciones en materia de información exógena tributaria y ampliación de plazos para la presentación de determinados formatos correspondientes al año gravable 2025
Modifica parcialmente la Resolución 227 de 2025 con el fin de establecer plazos extraordinarios para la presentación de varios formatos de información exógena tributaria correspondientes al año gravable 2025, establecer y corregir llaves únicas y reglas de validación de la información reportada en dichos formatos y precisar el tratamiento de determinados reportes para evitar duplicidades en la información exógena tributaria. Disposiciones relevantes- Ampliación generalizada de plazos de reporte: La resolución amplía los plazos de presentación de trece formatos de información exógena tributaria del año gravable 2025, otorgando tiempo adicional para cumplir adecuadamente las obligaciones de reporte.
- Corrección de especificaciones técnicas: La DIAN corrige problemas estructurales en los formatos 2839 y 2840 relacionados con llaves únicas y criterios de validación que impedían la correcta transmisión y aceptación de la información.
- Precisión sobre duplicidad de reportes: La resolución aclara expresamente en qué casos la información reportada en los formatos 2834 y 2835 no debe volver a reportarse en otros formatos de información exógena, reduciendo riesgos de inconsistencias y duplicidades.
- Regularización de información presentada sin firma electrónica: Se permite la presentación o nueva presentación del formato 2820 cuando existieron inconvenientes técnicos relacionados con el Instrumento de Firma Electrónica de la DIAN, preservando la validez del cumplimiento mediante la nueva entrega de la información.
