Proyecta subrogar la Resolución 3461 de 2025 y ajustar la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral

El Ministerio del Trabajo proyecta reemplazar la Resolución 3461 de 2025 volver a fijar las reglas de conformación, organización, funcionamiento y actuación del Comité de Convivencia Laboral (CCL). Se incorporan ajustes técnicos, jurídicos y operativos para dar mayor seguridad jurídica, fortalecer el debido proceso y la confidencialidad. En 2025 la norma aplicaba a empleadores, empresas públicas o privadas, contratantes, contratistas, trabajadores dependientes e independientes, estudiantes y ARL; el proyecto aplicaría a las entidades públicas y empresas privadas obligadas a conformar CCL y a todas las personas trabajadoras vinculadas, cualquiera sea su modalidad de vinculación. Principales cambios frente a la norma de 2025:
  • Conformación: Se corrigen los rangos que definen el tamaño del Comité: de "más de 5 y menos de 20" y "más de 20", a "5 o más y menos de 20" y "20 o más" trabajadores, con exigencia expresa de paridad.
  • Número de comité:. Antes, las organizaciones con dos o más centros de trabajo debían tener un comité central y uno por cada centro; ahora se exige un (1) CCL por empresa y los adicionales (por regiones, sedes o centros) serían opcionales.
  • Inhabilidades y conflicto de interés: Antes no podía integrarlo quien tuviera una queja formulada o hubiera sido víctima de acoso en el año anterior; ahora solo se inhabilita a quien tenga decisión administrativa o judicial en firme, y la sola queja no inhabilita. Se añade el deber de declararse impedido, caso en el cual actúa el suplente.
  • Términos: El procedimiento preventivo pasaría de 65 a 70 días calendario y escuchar a las partes por separado, de 5 a 10 días.
  • Acoso sexual: Se refuerza que el CCL no es competente para conocer de fondo, tramitar ni conciliar estos casos (Ley 2365 de 2024); corresponde a la alta dirección o talento humano definir el procedimiento y las medidas de atención y protección.
En empresas de servicios temporales, la coordinación pasa a ser deber conjunto de la EST y la empresa usuaria; las reuniones extraordinarias las convocaría la secretaria del Comité.     Aspectos de interés:
  • Se incorporan expresamente los principios de buena fe, imparcialidad, confidencialidad, debido proceso, dignidad humana, igualdad, enfoque diferencial y no revictimización, con enfoques de género e interseccional.
  • Se exige establecer mecanismos de seguimiento y evaluación periódica del funcionamiento del CCL y de la efectividad de los procedimientos.
  • Se conservan sin cambios sustanciales el período de dos (2) años, el reglamento interno, las reuniones ordinarias mensuales, las funciones de presidente y secretario, las medidas preventivas y correctivas del empleador, el régimen sancionatorio (art. 15) y las responsabilidades de las ARL con reporte mensual al Ministerio (art. 14).
    Fechas y plazos:
  • Los reglamentos y demás instrumentos adoptados bajo la Resolución 3461 de 2025 seguirían vigentes en lo no contrario y deberían adecuarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigor.
  • Las quejas y actuaciones en trámite se regirían por las normas vigentes al inicio, salvo que el CCL adopte, por decisión motivada, las garantías adicionales del nuevo texto.
  Vigencia: Regiría a partir de la fecha de su publicación y subrogaría integralmente la Resolución 3461 de 2025.   Se reciben comentarios hasta el 18 de agosto
MinTrabajo, Proyecto de Resolución

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