Se reglamenta el sector del trabajo doméstico remunerado
Reglamenta integralmente el sector del trabajo doméstico remunerado, desarrollando disposiciones sobre formalización laboral, derechos mínimos laborales, seguridad social integral, seguridad y salud en el trabajo (SST), prevención y atención de violencia y acoso e inspección, vigilancia y control laboral. Obligaciones en Seguridad Social Integral Salud- El empleador debe afiliar y cotizar desde el inicio de la relación laboral.
- Para trabajadores por días o tiempo parcial con ingresos inferiores a un salario mínimo, podrán mantenerse en el régimen subsidiado o como beneficiarios del contributivo en los términos legales.
- El empleador debe afiliar y cotizar obligatoriamente.
- Para trabajadores por días o tiempo parcial se permite la cotización parcial por semanas conforme a la Ley 2466 de 2025.
- Todo trabajador doméstico deberá estar afiliado a una ARL.
- El empleador deberá asumir el 100% de la cotización.
- Los accidentes deberán reportarse a la ARL dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su ocurrencia.
- Identificar peligros y factores de riesgo.
- Implementar medidas preventivas frente a riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, eléctricos, mecánicos, locativos, psicosociales y públicos.
- Suministrar gratuitamente elementos de protección personal (EPP).
- Mantener equipos y electrodomésticos en adecuado estado.
- Garantizar condiciones seguras de trabajo.
- Reportar accidentes laborales a la ARL dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su ocurrencia.
