Adopta lineamientos para la atención integral para recién nacidos prematuros y con bajo peso al nacer incluyendo atenciones para seguimiento en programa Madre Canguro
La resolución adopta los lineamientos técnicos y operativos para la atención integral en salud de recién nacidos, niñas y niños con antecedente de prematurez o bajo peso al nacer. Regula la atención durante la hospitalización y el seguimiento ambulatorio mediante los Programas Madre Canguro (PMC), definiendo responsabilidades para EPS, entidades adaptadas, IPS y entidades territoriales de salud. Algunas de las obligaciones:- Las IPS que atiendan esta población deben contar con Programas Madre Canguro conforme a los lineamientos adoptados.
- Las EPS y entidades adaptadas deben garantizar la atención integral, continua y oportuna, incluyendo el seguimiento ambulatorio.
- El talento humano debe contar con formación y actualización en atención neonatal y método madre canguro.
- Las EPS deberán definir las instituciones de prestación de servicios de salud que realizaran el seguimiento ambulatorio.
- Establece criterios para el egreso hospitalario y la transición al seguimiento ambulatorio.
- Define actividades de seguimiento clínico, nutricional, neurológico y del desarrollo infantil.
- Adopta indicadores y mecanismos de monitoreo y evaluación.
