Proyecta plazos especiales para el cumplimiento de determinadas obligaciones tributarias por parte de personas naturales afectadas por el evento sísmico ocurrido el 10 de agosto de 2026

Pretende establecer de manera transitoria plazos especiales para la presentación y pago de algunas obligaciones tributarias administradas por la DIAN, dirigidos a personas naturales, sucesiones ilíquidas, agentes retenedores y autorretenedores domiciliados en municipios afectados por el evento sísmico del 10 de agosto de 2026. Obligaciones de cumplimiento normativo
  • Declaración y pago del impuesto sobre la renta: Las personas naturales y sucesiones ilíquidas beneficiarias deberán presentar y pagar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2025 dentro de los nuevos vencimientos especiales definidos en el proyecto.
  • Declaración y pago de retenciones y autorretenciones en la fuente: Los agentes de retención y autorretenedores beneficiarios podrán presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de julio de 2026 dentro de los plazos ordinarios previstos para la declaración del mes de agosto de 2026.
  • Acreditación del domicilio fiscal: Para acceder al beneficio se tendrá en cuenta el domicilio fiscal registrado en el RUT al 10 de agosto de 2026. Los cambios posteriores no otorgarán acceso al beneficio, salvo que el contribuyente demuestre mediante prueba legalmente admisible que ya tenía domicilio en un municipio beneficiario antes de la ocurrencia del sismo.
(MinHacienda, Proyecto de Decreto, 11-ago-26)

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