Proyecta articulación de parter@s y prácticas de parterías tradicionales y ancestrales a el sistema de salud

Proyecto que reconocería los mecanismos para articular a las parteras y parteros y sus prácticas tradicionales/ancestrales al sistema de salud y a los modelos propios e interculturales de pueblos indígenas y comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Se fundamenta en la Sentencia T-128 de 2022, la Ley 1751 de 2015 y el Decreto Ley 480 de 2025 (SISPI). Aplicaría a entidades territoriales, EPS, IPS, instituciones propias en salud, Organizaciones de Base Comunitaria (OBC) y parteras/parteros y sus asociaciones.   Algunas de las obligaciones:
  • EPS, IPS y actores del sistema: realizarían adecuaciones socioculturales y técnicas en la Ruta Materno Perinatal y en la de Promoción y Mantenimiento de la Salud (equipos extramurales, ajuste de protocolos, adecuación de espacios).
  • Contratación (5.2): EPS, red de prestación y entidades territoriales podrían vincular parteras con recursos de intervenciones individuales, acciones de gestión e intervenciones colectivas.
  • OBC (5.3): las organizaciones de parteras deberían obtener personería jurídica, de forma progresiva, para celebrar acuerdos con Entidades Responsables de Pago o IPS (Resolución 2628 de 2025).
  • Compensación económica: las parteras vinculadas o articuladas como OBC deberían recibir pago según las funciones contratadas.
  • IPS (Art. 6): atención oportuna y sin demoras a gestantes referidas por parteras, incluidas emergencias obstétricas; las parteras se considerarían talento humano en salud propio, no personal voluntario.
  • Fortalecimiento de competencias interculturales del talento humano en inducción, reinducción y formación continua.
  Algunos aspectos de interés:
  • Reconocería las parterías indígenas dentro del SISPI y las Negras, Afro, Raizales y Palenqueras conforme a la Resolución 1964 de 2024.
  • Caracterización participativa y registro nacional voluntario, que no sería requisito de autorización, certificación ni habilitación, ni exigiría títulos académicos.
  • Parteras como primera respuesta en emergencias y en certificación de nacimientos fuera de instituciones (formato DANE).
  • El Ministerio establecería monitoreo y seguimiento con los actores del ámbito de aplicación.
Vigencia: Sería a partir de la fecha de su publicación.   Se reciben comentarios hasta el 21 de agosto
Ministerio de Salud y Protección Social, Proyecto de Resolución)

Descargue el proyecto