Cambio del estado de alerta a naranja por sismo del 10 de agosto de 2026. Reapertura de servicios programados y atención ambulatoria

Modifica el estado de alerta de la red hospitalaria departamental de Alerta Roja a Alerta Naranja, y disponer la reanudación gradual de los procedimientos quirúrgicos ambulatorios y de los servicios de consulta externa, en el marco de la emergencia ocasionada por el sismo del 10 de agosto de 2026. Obligaciones de cumplimiento normativo Para las IPS Reanudación gradual de procedimientos quirúrgicos ambulatorios
  • Los prestadores con disponibilidad operativa de quirófanos deberán reactivar progresivamente los procedimientos quirúrgicos programados.
  • La priorización deberá efectuarse según criterio médico, condición clínica del paciente y riesgo derivado del aplazamiento.
  • Deberá garantizarse permanentemente capacidad suficiente para la atención de urgencias y emergencias.
Garantizar condiciones seguras para consulta externa
  • La atención ambulatoria deberá prestarse en condiciones que minimicen riesgos para pacientes, acompañantes y personal sanitario.
Atención a población en alojamientos temporales
  • Las IPS, en coordinación con las EAPB, deberán establecer mecanismos que garanticen la atención de personas ubicadas en alojamientos temporales.
  • Se recomienda fortalecer jornadas extramurales y el uso de unidades móviles para acercar la atención a la población afectada.
Manejo de medicamentos, insumos y equipos
  • La recepción, almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos, insumos y equipos biomédicos deberá cumplir las condiciones mínimas exigidas por la normatividad vigente.
  • Se hace especial referencia al manejo de donaciones provenientes de terceros.
Para las EAPB Gestión de remisiones y referencia de pacientes
  • Las EAPB deberán coordinar con su red de prestadores la atención de pacientes cuyos procedimientos no puedan realizarse oportunamente en el departamento.
  • De ser necesario, deberán gestionar la atención en IPS ubicadas en otras regiones del país mientras se recupera la capacidad instalada local.
Verificación de condiciones para reapertura
  • Junto con las Direcciones Locales de Salud, deberán verificar que las sedes afectadas cuenten con evaluación técnica favorable antes de la reapertura de servicios ambulatorios.
(Gobernación de Risaralda, Circular 028 de 2026, 13-ago-26)

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