Nueva ronda de comentarios: Proyecto sobre instrucciones para la gestión del Gestión del Riesgo de Conductas de Afectación al Consumidor Financiero (Ahora GERCO)
La Superfinanciera replantearía el sistema de administración del riesgo de conductas (SARCO) propuesto para comentarios en febrero de 2026. En esta nueva versión, el riesgo de conductas dejaría de estructurarse como un sistema dentro del SIAR (Sistema Integral de Administración de Riesgos) y pasaría a regularse mediante un capítulo independiente denominado Gestión del Riesgo de Conductas de Afectación al Consumidor Financiero (GERCO), con un enfoque más preventivo, proporcional y centrado en la protección del consumidor financiero.Algunos aspectos de interés:
- Se elimina el enfoque de SARCO dentro del SIAR y se crea un capítulo independiente de GERCO.
- Se incorpora expresamente el principio de proporcionalidad, permitiendo que la gestión se adapte al tamaño, complejidad, productos, canales y perfil de riesgo de cada entidad.
- Se simplifica el modelo y desaparecen varias obligaciones detalladas de gobierno y supervisión interna previstas en la versión anterior.
- Se mantiene el enfoque en trato justo al consumidor financiero y transparencia e integridad del mercado.
Principales eliminaciones o flexibilizaciones:
- Se elimina la obligación expresa de incluir el riesgo de conductas dentro del Marco de Apetito de Riesgo (MAR).
- Desaparece la exigencia específica de contar con un canal de denuncias con requisitos mínimos definidos por la norma.
- Se eliminan las referencias expresas a responsabilidades de la Junta Directiva, Alta Dirección, Oficial de Cumplimiento respecto del sistema.
- Se elimina la obligación de incorporar el riesgo de conductas en un reporte integrado a la SFC.
Principales incorporaciones:
- Se amplía el alcance hacia todo el ciclo de vida del producto, incluyendo diseño, ventas, mercadeo, postventa, incentivos, terceros y canales digitales.
- Se aclara que no toda falla operativa o tecnológica constituye un evento GERCO, salvo que exista una conducta o práctica que afecte al consumidor o al mercado.
- Se detallan las entidades vigiladas obligadas a implementar GERCO mediante un listado expreso de sujetos.
Vigencia: La presente circular externa entra en vigencia a partir de su publicación, sin perjuicio de los plazos establecidos en el régimen de transición.
Se reciben comentarios hasta el 11 de septiembre de 2026
Ver Anexo < Importante su revisiónSuperintendencia Financiera de Colombia, Proyecto de Circular Externa
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