Se modifica el ámbito territorial de la emergencia económica, social y ecológica declarada por el sismo del 10 de agosto de 2026
Presidencia modifica el ámbito territorial del Decreto Legislativo 1261 del 19 de agosto de 2026, mediante el cual se había declarado el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en las zonas afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026. El ajuste se sustenta en los reportes situacionales de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), que actualizaron de manera progresiva las afectaciones verificadas.Aspectos de interés:
- Se incluyen los departamentos de Caquetá y Santander dentro del ámbito territorial de la declaratoria, al constatarse afectaciones derivadas del sismo según la información de la UNGRD (Reportes Situacionales No. 47 y No. 54).
- Se excluye al departamento de Putumayo, por cuanto sus afectaciones no se derivan del sismo, según lo reportado por la UNGRD.
- La modificación se fundamenta en el artículo 215 de la Constitución Política, la Ley 137 de 1994 y en la jurisprudencia de la Corte Constitucional (entre otras, la Sentencia C-220 de 1999), que admite corregir la declaración original cuando el alcance de la crisis se conoce con posterioridad.
