Ampliación transitoria del plazo para el reporte de enfermedad renal crónica, hipertensión arterial y diabetes mellitus en 2026

La resolución modifica transitoriamente la fecha para que las Entidades Promotoras de Salud, EPS, y las demás entidades obligadas a compensar reporten a la Cuenta de Alto Costo la información sobre enfermedad renal crónica, ERC, y sus enfermedades precursoras: hipertensión arterial y diabetes mellitus. La ampliación aplica exclusivamente al reporte correspondiente a la vigencia 2026 y no modifica las demás condiciones técnicas establecidas para su presentación.    
Algunas de las obligaciones:
  • Las EPS y demás entidades obligadas a compensar deben efectuar el reporte mediante el aplicativo web de la Cuenta de Alto Costo.
  • El reporte debe incluir la información correspondiente a la medición realizada entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
  • Las entidades deben mantener las condiciones, variables, estructura, contenido técnico y periodo de medición establecidos para el reporte.
 
Aspectos de interés:
  • La modificación únicamente amplía, de manera excepcional, el plazo del reporte correspondiente a la vigencia 2026.
  • La ampliación no exonera a las entidades de la obligación de reportar la información.
  • No se modifican las variables, la estructura, el contenido técnico, las demás condiciones ni el periodo de medición del reporte.
  • La información continúa presentándose conforme al anexo técnico que hace parte de la Resolución 2463 de 2014.
 
Fechas y plazos:
  • 1 de julio de 2025 a 30 de junio de 2026: periodo de medición de la información que debe reportarse.
  • 30 de septiembre de 2026: nueva fecha máxima para presentar el reporte de la vigencia 2026 ante la Cuenta de Alto Costo.
 
Vigencia: La resolución surte efectos desde su publicación en el Diario Oficial y modifica transitoriamente el plazo aplicable al reporte correspondiente a la vigencia 2026
Ministerio de Salud y Protección Social, Resolución 2018 de 2026

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