Define plan de atención en salud para población migrante, refugiada, retornada y comunidades de acogida y crea la Mesa Técnica de Migración en Salud
Minsalud adopta el Plan de Atención del Sector Salud para esta población, crea la Mesa Técnica de Migración y Salud del Ministerio y ordena crear o fortalecer mesas técnicas territoriales. Se adoptan cuatro documentos técnicos (el Plan, sus lineamientos de implementación, la guía de armonización territorial y los lineamientos de las mesas), publicados en la web del Ministerio.A quiénes aplica o va dirigida:
- Entidades territoriales departamentales y distritales, encargadas de armonizar el Plan, crear las mesas y designar el referente territorial.
- Municipios de frontera en los que la dinámica migratoria lo requiera.
- Dependencias del Ministerio de Salud y Protección Social que integran la Mesa Técnica nacional.
- La ADRES, como invitado permanente en asuntos de aseguramiento y recursos.
- Actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en cuanto la Mesa orienta la implementación y el seguimiento del Plan por parte de dichos actores.
- Pueden ser invitados el Instituto Nacional de Salud, la Superintendencia de Salud, organismos de cooperación internacional y organizaciones de base comunitaria.
Algunas de las obligaciones:
- Entidades departamentales y distritales: armonizar e incorporar el Plan en sus Planes Territoriales de Salud y Planes de Acción en Salud.
- Crear las Mesas Técnicas Territoriales de Migración y Salud o fortalecer las existentes.
- Designar un referente territorial de migración y salud (punto focal y secretario técnico de la mesa) y comunicar al Ministerio nombre, identificación, cargo, dependencia y datos de contacto.
- Municipios de frontera donde la dinámica migratoria lo requiera: crear la mesa y designar referente.
- Cada dependencia integrante de la Mesa nacional: designar un profesional como enlace permanente.
Aspectos de interés:
- La Mesa nacional la integran 13 directores y jefes de oficina con voz y voto, incluidas las direcciones de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Profesionales y Pensiones; Financiamiento Sectorial; y Regulación de beneficios, costos y tarifas.
- La ADRES puede presentar análisis, reportes y alertas sobre afiliación, reconocimiento de UPC, giros e inconsistencias.
- Quórum: mayoría absoluta para sesionar; decisiones por mayoría simple de los presentes con voto.
- Secretaría Técnica a cargo de la Dirección de Ciudadanías, Equidad y Salud.
Fechas y plazos:
- Sesiones extraordinarias: convocatoria con 1 día hábil de antelación.
- Sesiones ordinarias: convocatoria con 5 días hábiles; cuatro al año (una por trimestre).
- Designación del referente territorial: 20 días hábiles desde la expedición.
- Conformación de mesas territoriales: máximo 6 meses desde la publicación (igual plazo para que las mesas ya existentes sesionen y armonicen los documentos técnicos).
