Proyecta Beneficio Extraordinario de Apoyo al Pago de Nómina del Empleo Formal Dependiente y de la Protección Económica Extraordinaria para Trabajadores Dependientes e Independientes Cesantes Damnificados

Pretende adoptar los manuales operativos para la ejecución de las medidas previstas en los capítulos II y III del Decreto Legislativo 1417 de 2026, relativas al beneficio Extraordinario de Apoyo al Pago de Nómina del Empleo Formal Dependiente y a la Protección Económica Extraordinaria para Trabajadores Dependientes e Independientes Cesantes Damnificados. Disposiciones relevantes Adopción obligatoria de dos manuales operativos
  • La resolución incorpora formalmente dos anexos técnicos que gobernarán la operación de los beneficios extraordinarios creados mediante la legislación de emergencia.
Coordinación institucional amplia
  • La implementación exige articulación entre Ministerio del Trabajo., UGPP, UNGRD, Superintendencia del Subsidio Familiar, Entidades financieras, Cooperativas de ahorro y crédito, Cajas de compensación familiar y Administradores de recursos del Fondo Milagro.
Separación funcional de competencias
  • Establece expresamente que no podrán confundirse ni trasladarse competencias entre las entidades participantes. En particular, se separan las actividades de recepción de solicitudes, validación, pagos, fiscalización y cobro.
Trazabilidad y seguimiento de recursos
  • Se exige conservación de soportes, seguimiento administrativo, reportes y control sobre pagos, reintegros, restituciones y cierre de los programas.
Se recibirán comentarios hasta el 23 de octubre de 2026. Ver anexo 1 Ver anexo 2
(MinTrabajo, Proyecto de Resolución, 09-oct-26)

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