Se aplaza al 3 de mayo de 2027 el nuevo reporte de información para el giro directo de UPC y presupuestos máximos
La resolución modifica el artículo 14 de la Resolución 1809 de 2026. Esa resolución fijó cómo las EPS y las Entidades Obligadas a Compensar deben reportar la información para programar y hacer el giro directo de recursos de la UPC a prestadores y proveedores, y cómo reportar los pagos financiados con presupuestos máximos. La Resolución 1809 seguía rigiendo desde su publicación, pero iba a surtir efectos desde el 1 de noviembre de 2026. Con este cambio, surtirá efectos desde el 3 de mayo de 2027. Aspectos de interés:- Según los considerandos, los actores del sistema pidieron más tiempo para adaptar sus sistemas de información a los reportes de facturas o al valor mensual de los acuerdos por capitación o Pago Global Prospectivo (PGP).
- La parte considerativa también menciona la necesidad de hacer pruebas con la ADRES y de ajustar el Documento Técnico de la Resolución 1809. El articulado solo modifica el artículo 14.
- El proyecto estuvo en consulta pública del 22 al 27 de octubre de 2026.
- Desde el 3 de mayo de 2027 quedan derogadas las Resoluciones 654 de 2014, 3503 de 2015, 1587 de 2016, 4621 de 2016 y 3110 de 2018.
