Medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos

Se establece que se van a fijar los listados de productos de primera necesidad, y el DANE realizará el seguimiento cada 5 días de los precios de dichos productos, así como de los insumos requeridos para su elaboración. Igualmente, el Ministerio de Comercio adoptará medidas para revenir la especulación, aparcamiento y usura de los productos. Los gobernadores y alcaldes del país deberán apoyar la función de inspección, vigilancia y control, mediante el reporte a la Superintendencia de Industria y Comercio de aquellas eventuales variaciones significativas y atípicas en los precios de los productos.
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