Se establecen plazos especiales para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y demás registros que integran el RUES, así como para las reuniones ordinarias de las asambleas

Se establecen plazos especiales para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y los demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social RUES, así como para las reuniones ordinarias de las asambleas, para mitigar los efectos económicos del COVID. De su contenido destacamos:
  • Se extiende el plazo para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y demás registros que integran el RUES, con excepción del registro único de proponentes, hasta el día 3 de julio de 2020.
  • Se dispone que las reuniones ordinarias de asamblea correspondientes al ejercicio del año 2019, podrán efectuarse hasta dentro del mes siguiente a la fiscalización de la emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional. Si no fuere convocada, la asamblea se reunirá por derecho propio el día hábil siguiente a la terminación del mes posterior a la finalización de la emergencia sanitaria, en las oficinas del domicilio principal donde funcione la administración de la sociedad.
Los administradores permitirán el ejercicio del derecho de inspección a los accionistas o a sus representantes durante los quince días anteriores a la reunión.
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