Regula aspectos relacionados con el Fondo Nacional de Garantías.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público reglamenta aspectos atinentes a la relación mínima de solvencia del Fondo Nacional de Garantías, la cual se establece en un 9%; adicionalmente se modifican aspectos relacionados con Patrimonio Técnico y sus deducciones, Ponderación de activos y contingencias y productos estructurados. También dispuso que las decisiones tomadas por la Junta Directiva del Fondo respecto de la focalización de los sectores o segmentos a los cuales se destinen las líneas de garantías definidas deberán contar estrictamente con el voto favorable con el voto favorable del Ministro de Hacienda o en su defecto de su delegado en la Junta.
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