Trámites adminsitrativos respecto de personas fallecidas en accidentes de tránsito

MinTransporte, teniendo en cuenta la necesidad de efectuar trámites asociados a procesos de sucesión, estableció un procedimiento encaminado a adelantar trámites asociados a “No huella” de “Personas Fallecidas”. De las disposiciones de la circular se resaltan las siguientes:
  1. Se regula la interacción entre los organismos o autoridades de tránsito y el RUT, para los efectos derivados del registro de las personas fallecidas.
  2. Se consagran los requisitos y procedimientos para la modificación o inscripción de personas fallecidas.
Circular 20204000552241 de 2020, MinTransporte

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