Suprema Corte de Justicia - Número de Boletín Oficial: 28740

Magistrados, funcionarios y agentes de la administración del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, que se encuentren entre los grupos de riesgo, quedarán dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo, sin que esto perjudique su remuneración habitual, o el goce de licencias concedidas.