Se imparten órdenes e instrucciones necesarias para la debida ejecución de la medida de aislamiento obligatoria

Se ordena aislamiento preventivo desde el 13 hasta el 27 de abril y se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en lugares abiertos. Se mantienen las mismas excepciones decretadas por el Gobierno Nacional para la circulación dentro del Departamento para la adquisición de bienes, servicios financieros y farmacéuticos, las cuales podrán ser realizadas por un solo miembro de la familia. Prohíbe todo acto discriminatorio, que impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos del personal médico.
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