Modificación de plazo para pago de impuesto predial para predios residenciales estrato 1 y 2 y suspensión de términos de las actuaciones administrativas tributarias

De su contenido destacamos:
  • Ampliación del plazo para el pago de impuesto predial para propietarios o poseedores de predios en estratos 1 y 2, que declaren y/o paguen la totalidad del impuesto liquidado por el año gravable 2020 a más tardar el 31 de julio del mismo año con un descuento del 10% del impuesto a cargo
  • Suspender los términos de las actuaciones administrativas tanto para los ciudadanos como para la administración tributaria, en los procesos de fiscalización, liquidación, devolución, recaudo, discusión y cobro, que estén corriendo a la vigencia del presente decreto y mientras duren las medidas de restricción.
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