Cronograma para saldar y cancelar las cuentas maestras de recaudo del sistema general de participaciones

La ADRES establece el cronograma para saldar y cancelar las cuentas maestras de recaudo de SGP, así:
  1. Saldo de las cuentas maestras de recaudo de SGP: la información del mes de enero de 2024 deberá ser presentada el quinto (5) día hábil del mes de febrero de 2024 por las EPS y EOC.
  2. Traslado de los saldos a la cuenta de que trata el artículo 14 de la resolución 1545 de 2019: se realizará entre el 08 de febrero de 2024 y el 14 de febrero de 2024.
  3. Cancelación y cierre de las cuentas maestras de recaudo de SGP: Las EPS y EOC, el primer día hábil del mes de marzo de 2024, antes de las 10:00 a.m., dispondrán en el FTP de cada entidad, el formato denominado “certificación final para conciliación y cierre de cuentas maestras de recaudo de las cotizaciones”.
(ADRES, Circular 002 de 2024, 07-feb-24)

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