Ampliación periodo fecha de prestación servicio venta “CAPVI”

Las entidades recobrantes de servicios de salud o tecnologías no financiados con la UPC de los afiliados al régimen contributivo y subsidiado podrán presentar a la ADRES cuentas por servicios y tecnologías no financiados con la UPC prestados/suministrados entre el 9 de junio de 2015 y 29 de febrero del 2020.  
ADRES, Circular 0023 de 2022, 13-sep-2022

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