Modifica especificaciones técnicas y operativas para cuentas maestras de recaudo y pago de regímenes contributivo y subsidiado en salud

La ADRES modifica condiciones y plazo para la entrada en operación de las especificaciones técnicas y operativas del reporte de la información de las cuentas maestras de recaudo y pago para los regímenes contributivo y subsidiado en salud. De la norma resalta:
  1. Además de la modificación a las especificaciones técnicas y operativas relativas al reporte de información y de los movimientos financieros de las cuentas maestras de recaudo o pago, define estructuras de reporte de información y adopta nueve anexos técnicos.
  2. Define los requisitos de las cuentas maestras de recaudo, prohíbe su sustitución hasta tanto no hayan sido conciliadas, y establece que podrán ser sustituidas una vez por año.
  3. Establece como plazo para el reporte de las novedades de las cuentas maestras de recaudo, los primeros diez días hábiles de cada mes. ADRES entregará el resultado de habilitación o cierre dentro de cinco días.
  4. Los cambios son exigibles desde el 01-nov-2021, fecha desde la que se entienden derogadas las normas contrarias.
Resolución 858 de 2021, ADRES

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