Dispone un quinto periodo para la presentación de solicitudes de reconocimiento de pruebas COVID-19 realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2020

ADRES dispone de un quinto periodo, entre el 20 de diciembre de 2021 y el 25 de febrero de 2022, para el reconocimiento de las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico de COVID-19 realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2020. Durante este periodo la ADRES podrá realizar cortes parciales para surtir validaciones y determinar la procedencia del reconocimiento.
ADRES, Resolución 2620 de 2021

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