Designa nuevos agentes autorretenedores del Impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Bello

La Dirección Administrativa de Rentas Municipales de la Alcaldía de Bello, hace la designación de nuevos agentes autorretenedores del Impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Bello para la vigencia fiscal 2026. Se designa a los contribuyentes listados en el Anexo Único como responsables de practicar la autorretención y declarar el impuesto conforme a lo dispuesto en el Estatuto Tributario Municipal.  
Algunas de las obligaciones
Los agentes autorretenedores designados deben:
  • Practicar la autorretención sobre las bases gravables establecidas en el Estatuto Tributario Municipal.
  • Presentar la declaración de autorretención en los periodos y plazos señalados en el calendario tributario municipal vigente.
  • Trasladar oportunamente al Municipio de Bello los valores autorretenidos.
  • Conservar los soportes contables y tributarios que acrediten la correcta práctica de la autorretención.
 
Fechas y plazos para cumplir con las obligaciones
  • La obligación de practicar la autorretención inicia el 1 de enero de 2026 y se extiende durante la vigencia fiscal 2026.
  • La declaración y pago deben realizarse según el calendario tributario expedido por la Dirección Administrativa de Rentas Municipales.
 
Sanciones y multas
El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la calidad de agente autorretenedor dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Estatuto Tributario Municipal, además de los intereses moratorios que correspondan según la normatividad vigente.
Alcaldía de Bello, Resolución 202500017947 de 2025,

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