Se reglamenta el permiso de uso temporal de espacio público durante el estado de calamidad pública con ocasión de la situación epidemiológica causada por el COVID19

Del permiso de uso temporal del espacio público de la red de andenes. Durante el estado de calamidad pública declarado en el Distrito Capital con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá, D.C., el Instituto de Desarrollo Urbano podrá otorgar permisos para el uso temporal por parte de personas naturales y/o jurídicas de derecho público o privado propietaria(s), arrendataria(s) o poseedora(s) de establecimiento(s) y/o locales comerciales de la red de andenes, vías peatonales y pasos peatonales, para llevar a cabo labores de distanciamiento social, circulación o actividades comerciales de gastronomía y servicios para bicicletas, siempre y cuando se cumpla con las directrices contenidas en la presente Resolución.
Resolución 3818 de 2020, Alcaldía de Bogotá

Se reglamenta el permiso de uso temporal de espacio público durante el estado de calamidad pública con ocasión de la situación epidemiológica causada por el COVID19