Alcaldía de Medellín, RESOLUCIÓN 202550093499
Se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria exógena a la Subsecretaría de Ingresos del Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín por el año gravable 2025. Señala el contenido, las características técnicas para la presentación y fija los plazos para la entrega de dicha información. Aplica para:- Agentes de retención del impuesto de industria y comercio.
- Sociedades fiduciarias que administren patrimonios autónomos y encargos fiduciarios.
- Personas o entidades que celebren contratos de colaboración empresarial (consorcios, uniones temporales, joint ventures, etc.).
- Contribuyentes del impuesto de industria y comercio con ingresos brutos iguales o superiores a 10.000 UVT.
- Administradores de fondos de inversión o carteras colectivas.
- Personas que reciban ingresos para terceros.
- Bancos y entidades financieras, cooperativas y fondos de empleados.
- Sociedades fiduciarias respecto al Impuesto Predial Unificado (IPU).
- Sociedad de Activos Especiales S.A.S.
- Agentes de recaudo de impuestos específicos (alumbrado público, telefonía fija conmutada, sobretasa a la gasolina), entre otros.
- Datos de identificación, contacto y actividad económica de los sujetos obligados.
- Detalle de ingresos, deducciones, exenciones y operaciones relevantes.
- Información sobre contratos, fideicomisos, cuentas bancarias, inversiones, operaciones de recaudo y retención, entre otros.
- Información específica para cada tipo de obligado, según el artículo correspondiente.
| ÚLTIMO DÍGITO | FECHA LÍMITE |
| 1 | 03 de agosto de 2026 |
| 2 | 04 de agosto de 2026 |
| 3 | 05 de agosto de 2026 |
| 4 | 06 de agosto de 2026 |
| 5 | 10 de agosto de 2026 |
| 6 | 11 de agosto de 2026 |
| 7 | 12 de agosto de 2026 |
| 8 | 13 de agosto de 2026 |
| 9 | 14 de agosto de 2026 |
| 0 | 18 de agosto de 2026 |
- Forma de presentación: La información debe entregarse a través de la plataforma virtual de la Alcaldía de Medellín, siguiendo los instructivos dispuestos.
- Derogatorias: El acto rige desde la fecha de publicación y deroga disposiciones que le sean contrarias.
- Vigencia: Desde la publicación de la resolución
