Nuevo Reglamento del Directorio Centralizado (DICE)

La presente Circular reemplaza el reglamento del Directorio Centralizado (DICE), una base de datos administrada por el Banco de la República que almacena las Llaves, transmitidas por los Directorios Federados de las Entidades Administradoras de los Sistemas de Pago de Bajo Valor Inmediato (EASPBVI), que los Clientes de los Participantes de los Sistemas de Pago de Bajo Valor Inmediatos (SPBVI) vinculan con un Medio de Pago para recibir los recursos de una Orden de Pago y/o Transferencia de Fondos Inmediata (OP/TF Inmediata). Algunas de las obligaciones de cumplimiento:
  • Se establecen las obligaciones y responsabilidades de las (EASPBVI) para la conexión y uso del DICE:  Algunas de estas implican el deber actualizar y gestionar las Llaves según los estándares definidos, participar en pruebas y programas de capacitación, notificar incidentes al Banco de la República siguiendo el plan de contingencia que éste defina, entre otros.
  • Por otro lado, el Banco de la República: Entre sus responsabilidades se establece el deber de garantizar la integridad y confidencialidad de la información, diseñar y ejecutar planes de contingencia, y mantener actualizados los manuales y reglamentos.
Disposiciones con alto impacto:
  • El DICE operará continuamente las 24 horas al día, durante todo el año.
  • Dentro de la presente norma, se informa la política y procedimiento para le manejo confidencial de información compartida por los Directorios Federados con el DICE.
Derogatorias: La Circular DSP-470 del 28 de noviembre de 2024, correspondiente al reglamento Del Directorio Centralizado (DICE), es  reemplazada por la presente circular. Otros aspectos relevantes:
  • Se describe la estructura y funcionamiento del DICE, junto con los campos de información que lo integran.
  • Manual de Vinculación al DICE: La norma incluye un anexo con el manual de vinculación de las EASPBVI al DICE y al Mecanismo Operativo para la Liquidación (MOL).
  • Tarifas: El Banco de la República aplicará las tarifas autorizadas por su Consejo de Administración para la administración de las cuentas de depósito y los módulos centralizados.
Banco de la República, Circular Externa Operativa y de Servicios DSP-0067, 4-abril-2025

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