Modifica directrices técnicas de infraestructura tecnológica y conectividad de las sociedades comisionistas de bolsa para acceder al sistema de negociación de valores de renta variable, de la circular única de la Bolsa
La modificación del Anexo 40 de la Circular Única de la Bolsa actualiza las especificaciones técnicas que deben cumplir las sociedades comisionistas de bolsa para acceder y operar en el sistema de negociación de valores de renta variable y derivados administrados por la Bolsa de Valores de Colombia S.A.
El documento establece los estándares mínimos y recomendaciones para la infraestructura tecnológica, conectividad, seguridad y contingencia, diferenciando los componentes ubicados en las instalaciones del afiliado y en la Bolsa. Se detallan los requerimientos técnicos de los equipos, la configuración de la red, el ancho de banda necesario y los procedimientos de contingencia ante fallas.
El cumplimiento de estas condiciones es obligatorio para la prestación de los servicios por parte de la Bolsa, y la responsabilidad por incidentes recae en el afiliado en caso de incumplimiento.
La vigencia de esta norma inicia el 1 de diciembre de 2025
BVC, Boletin normativo No. 053 de 2025, 5-nov-2025
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