Se modifica el periodo de reporte y plazo para el envío de información al SISMED de la Circular 006 de 2018

Se modifica el periodo de reporte y plazo para el envío de información al SISMED, el cual será desde el primer y hasta el último día calendario del siguiente mes con fecha de corte mensual, para los fabricantes, importadores y titulares que figuran en el registro sanitario del medicamento a reportar, y los importadores de medicamentos vitales no disponibles y también para actores que no son fabricantes ni importadores ni titulares de registro sanitario del medicamento a reportar, ni importadores de medicamentos vitales no disponibles. La presente circular rige a partir del 01 de febrero de 2024 y modifica el artículo 8 de la Circular 6 de 2018 y sustituye su Anexo 1.
(Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, Circular 017 de 2023, 12-dic-23)

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