Actualiza el precio máximo de venta de los medicamentos sujetos al régimen de control directo de precio.

Se actualiza el precio máximo de venta para los mercados relevantes, y los medicamentos que lo conforman. De su contenido se destaca:
  • Si es una IPS la que realiza la transacción final institucional, esta puede adicionar, al precio máximo de venta, el margen del que trata el artículo 11 de la Circular 18 de 2024.
 
  • Los precios máximos de venta de los mercados relevantes, y los medicamentos que los conforman, aplican para los medicamentos que tengan registro sanitario o sean importados o fabricados bajo la modalidad de vitales no disponibles.
       
Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, Circular 19 de 2024, 22-mar-24

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