Se establece la metodología para la fijación del precio de los medicamentos nuevos

La presente circular tiene por objeto definir la metodología por la cual la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos establece el precio máximo de venta a los medicamentos nuevos según la categoría de valor terapéutico resultado de la evaluación realizada por el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud. De su contenido se destaca:
  1. El periodo de referencia corresponde a los 12 meses inmediatamente anteriores al momento de haber recibido el resultado en firme de la evaluación a cargo del Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud.
  2. Las fuentes de información de los precios de los medicamentos nuevos en los países de referencia deberán ser oficiales, actualizadas y de acceso abierto.
  3. El Precio Máximo de Venta aplica a la transacción primaria institucional, transacción primaria comercial, transacción secundaria institucional, transacción secundaria comercial y transacción final institucional.
  4. Los insumos para el cálculo del precio de medicamento comparado serán tomados del Análisis de Impacto Presupuestal — AIP realizado por el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud.
  5. La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos calculará el precio base para fijar el precio máximo de venta conforme a la clasificación de la categoría de valor terapéutico asignado al medicamento nuevo.
6. Anualmente, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos actualizará el precio máximo de venta de cada uno de los medicamentos nuevos que hayan sido objeto de control directo de precios.
(Comisión nacional de precios de medicamentos y dispositivos médicos, Circular Externa 016 de 2023, 09-ago-23)

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