Proyecta disposiciones generales para el seguimiento del comportamiento del mercado de dispositivos médicos

Pretende establecer disposiciones generales para el seguimiento del comportamiento del mercado de dispositivos médicos, se someten algunos de estos productos al régimen de libertad vigilada y el estent coronario medicado al régimen de control directo, se estructura el Sistema de Reporte de Información de Precios de Dispositivos Médicos (SISDIS). Disposiciones relevantes
  • Creación del SISDIS como sistema obligatorio de reporte de precios.
  • Incorporación obligatoria de UDI-DI como identificador estándar y CUFE para validación de transacciones.
  • Inclusión de nuevos dispositivos en libertad vigilada: Material de osteosíntesis (placas) e implantes auditivos, cocleares, cardiacos, córnea, anticonceptivos.
  • Establecimiento de Precio Máximo de Venta para estent coronario medicado: $2.858.499,75 COP.
  • Definición de Precio de Referencia Nacional (PRN) y Precio de Referencia Internacional (PRI).
  • Prohibición expresa de superar el precio máximo por intermediación.
Plazos especiales de reporte
  • Plan piloto SISDIS: junio 2026 (reporte voluntario abr–may).
  • Primer reporte obligatorio (transición): Jul 2026 → reporte del 2º trimestre 2026.
  • Reporte 1er trimestre 2026: Hasta 30 abril 2026 bajo Circular 15 de 2023.
  • Ventanas de reporte extemporáneo: 1–21 mayo y 1–21 noviembre.
Ver Anexo 1 Ver Anexo 2 Se recibirán comentarios hasta el 25 de mayo de 2026.
(Comisión nacional de precios de medicamentos y dispositivos médicos, Proyecto de Circular, 20-may-26)

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