Distrito de Cali proyecta establecer lineamientos para promover la salud mental materna y garantizar entornos saludables, protectores y dignos para las mujeres en periodo de lactancia
El proyecto busca fortalecer la detección temprana y atención de alteraciones en salud mental durante el embarazo, posparto y lactancia, integrando este componente a las acciones de salud materno-infantil. Para ello, promueve estrategias de acompañamiento psicosocial, capacitación del personal de salud, fortalecimiento de las Salas Amigas de la Familia Lactante (SAFLEL), redes de apoyo comunitarias, campañas de educación y mecanismos de seguimiento. Además, plantea acciones para mejorar la detección temprana de riesgos psicosociales y el acceso a orientación, seguimiento y remisión dentro de las rutas de atención existentes.
Aplicaría a las madres lactantes residentes en Santiago de Cali,
así como a entidades públicas, empresas privadas, instituciones del sistema de salud y redes de apoyo comunitarias que interactúan con esta población.
Aspectos relevantes para EPS, EAPB e IPS
- Las IPS públicas y privadas deberían implementar procesos de detección temprana de alteraciones en salud mental durante el embarazo y el posparto, en el marco de la Ruta Integral de Atención en Salud Materno Perinatal.
- La detección debería realizarse mediante instrumentos validados científica y clínicamente, pudiendo utilizar herramientas como la Escala de Depresión Postnatal de Edimburgo (EPDS) u otras equivalentes.
- Los resultados de los tamizajes deberían orientar el seguimiento, la intervención o la remisión a servicios especializados de salud mental, garantizando la continuidad e integralidad de la atención.
- Se promovería la capacitación y asistencia técnica a las instituciones prestadoras de servicios de salud que atienden gestantes, partos y controles del recién nacido para incorporar el enfoque de salud mental materna.
- Se prevé la articulación con IPS y demás actores comunitarios para fortalecer redes de apoyo y estrategias de acompañamiento a madres lactantes.
Vigencia: El acuerdo regiría a partir de su publicación y derogará las disposiciones que le sean contrarias. Adicionalmente, dentro de los seis (6) meses siguientes a su entrada en vigor, la Secretaría de Salud Pública Distrital deberá definir la línea base, indicadores, metas y mecanismos de reporte para el seguimiento de la estrategia.
Se reciben comentarios hasta el 21 de julio