Imparte medidas para la Protección de la Salud Mental y la Prevención de la Violencia Digital en Niños y Adolescentes
La Ley 2564 de 2026 establece una política integral para proteger la salud mental de niños, niñas y adolescentes frente a la violencia en el entorno digital. Redefine la salud mental como prioridad nacional y actualiza la Ley 1616 de 2013. Identifica modalidades de violencia digital (grooming, sexting, sextorsión, stalking, ciberacoso y happy slapping) y ordena al Gobierno Nacional, en coordinación con Minsalud, Ministerio TIC, Ministerio de Educación, ICBF y autoridades territoriales, implementar medidas de promoción, sensibilización y educación, así como prevención, atención y protección Aspectos de interés: En su artículo 12 fija obligaciones concretas para el sector salud, imponiendo ajustes anuales, incorporación en la planeación sanitaria y lineamientos para la atención integral de menores afectados:- El Ministerio de Salud y Protección Social debe actualizar guías y protocolos al menos una vez al año, incorporando acciones para atender afectaciones de salud mental por violencia digital y definiendo responsabilidades de los actores involucrados.
- Las medidas de atención en salud mental para víctimas de violencia digital deben ser incluidas dentro del Plan Decenal de Salud Pública, mediante un documento específico de atención.
- Los proyectos nacionales, departamentales, distritales y municipales deben contener una sección obligatoria sobre prevención e intervención de salud mental y violencia digital.
- La asignación de recursos necesarios para estas medidas se determinará en el Plan Nacional de Salud.
