Proyecta Sistema de Sanción por Puntos, el Licenciamiento Gradual y un Seguro Obligatorio asociado a la licencia de conducción

Se comparte la ponencia para cuarto debate del proyecto mediante el cual se dictan normas para garantizar la seguridad, integridad y vida de los jóvenes en las vías, a través de la creación del Sistema de Sanción por Puntos y del Sistema de Licenciamiento Gradual, así como la introducción de un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Extracontractual asociado a la licencia de conducción. Algunos aspectos de interés Crea el Sistema de Sanción por Puntos, aplicable a todos los conductores, mediante el cual a cada licencia se le asigna un puntaje que se reduce por infracciones y cuya pérdida total puede derivar en suspensión o cancelación de la licencia. Introduce el Sistema de Licenciamiento Gradual para conductores noveles, estableciendo un periodo inicial de práctica con restricciones operativas (por ejemplo, limitaciones de horario y tipo de vía), con el fin de reducir riesgos en etapas iniciales de conducción. Establece incentivos y mecanismos pedagógicos, como reducción de pérdida de puntos por aceptación temprana de la infracción y cursos obligatorios para recuperación parcial o total del puntaje. Regula consecuencias progresivas por reincidencia, incluyendo suspensión y cancelación de la licencia cuando se agote el puntaje, así como incentivos por buen comportamiento (recuperación automática y puntos adicionales). Estipula Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Extracontractual asociado a la licencia de conducción, con las siguientes características principales:
  • Obligatoriedad: Toda persona titular de licencia para vehículo particular deberá contar con este seguro, orientado a cubrir daños materiales a terceros derivados de accidentes de tránsito.
  • Tomador: El titular de la licencia (no el vehículo).
  • Cobertura mínima:
    • 15 SMMLV para licencias B1, B2 y B3
    • 7 SMMLV para licencias A1 y A2
  • Prima: No podrá exceder el 0,5% del valor asegurado mínimo.
  • Equivalencia: No será exigible cuando exista otra póliza vigente con cobertura igual o superior (incluida la asociada al vehículo).
  • Registro obligatorio en RUNT para consulta por autoridades de tránsito.
Incorpora medidas de transición e implementación, otorgando un plazo de 6 meses para entrada en operación de los sistemas (puntos, licenciamiento y seguro), junto con reglamentación y ajustes en sistemas de información (RUNT y SIMIT).   Vigencia: La ley regirá desde su promulgación, con entrada en operación de los sistemas y exigibilidad del seguro a los seis (6) meses siguientes.  
Congreso de la República, Proyecto de Ley 277 de 2025

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