Se expide la Ley de Inversión Social (Reforma Tributaria)

Se expide la reforma tributaria que pretende contribuir a la reactivación económica, a la generación de empleo y a la estabilidad fiscal del país, con el propósito de proteger a la población más vulnerable contra el aumento de la pobreza, preservar el tejido empresarial y afianzar la credibilidad de las finanzas públicas. De su contenido se destaca:
  1. Impuesto sobre la renta personas jurídicas:
-A partir del año 2022 se aumenta la tarifa general pasando del 31% al 35%. -Las instituciones financieras con renta gravable igual o superior a $4.357 millones (UVT 2021), durante los años 2022 hasta 2025 tendrán una sobretasa de 3 puntos adicionales en la tarifa del impuesto de renta.
Tarifa renta Sobretasa Total tarifa
35% 3% 38%
  Nuestras aseguradoras seguirían con tarifa del 33% por estabilidad jurídica y no aplica la sobretasa.
  1. Disminución del descuento del impuesto de industria y comercio:
- A partir del año 2022 cambia el descuento del impuesto de industria y comercio del 100% al 50%.
  1. Beneficiarios finales:
-Para efectos de FATCA-CRS se crea el Registro Único de Beneficiarios Finales ajustando las definiciones de estos. -Se habilita a las entidades financieras para cerrar las cuentas de las personas con obligaciones tributarias en otros países que no entreguen información.
  1. Liquidación anual del impuesto sobre la renta a través de factura:
-La DIAN generará una factura a los contribuyentes para el pago del impuesto sobre la renta, basada en la información reportada a la DIAN. -La factura será definitiva si dentro de los 2 meses siguientes a su publicación, el contribuyente no presenta su declaración de renta. Sujeto a reglamentación por parte del Gobierno nacional.
  1. Obras por impuestos:
-Se amplía el mecanismo de obras por impuestos a proyectos declarados de importancia estratégica nacional y que contribuyan a la reactivación económica.
  1. Normalización tributaria para el 2022:
-Para el año 2022 quienes tengan activos omitidos o pasivos inexistentes podrán declararlos a una tarifa del 17%.
  1. Incentivos para la reactivación económica:
-Programa de apoyo al empleo formal (PAEF): subsidio del 40% de un salario mínimo a empresas con disminución del 20% o más de sus ingresos, se mantiene hasta diciembre de 2021. -Estrategia sacúdete: fomento contratación de personas entre los 18 y 28 años (subsidio de un 25% de un salario mínimo), y mujeres mayores de 28 años (subsidio de un 15% de un salario mínimo) se mantiene hasta diciembre de 2023. -Apoyo empresas afectadas por el paro nacional: se crea un aporte estatal para contribuir al pago de obligaciones laborales de los meses de mayo y junio de 2021 aplicable a empresas cuyos ingresos hayan disminuido en esos meses en un 20% o más frente a los ingresos de marzo de 2021. Es compatible con el PAEF. -Ingreso solidario: subsidio se mantiene hasta diciembre de 2022. -Matrícula 0: Se crea incentivo para estudio de los jóvenes de las familias más vulnerables de los estratos 1, 2 y 3.
  1. Ampliación del plazo para las empresas de la economía naranja:
-Se amplía el plazo para que las empresas de economía naranja puedan acceder a los incentivos tributarios. En ese orden, pueden ser constituidas e iniciar su actividad hasta antes del 30 de junio 2022.
  1. Reducción de sanciones e intereses:
-Habrá reducción de sanciones e intereses por impuestos del orden nacional o municipal y con la UGPP que se hayan materializado durante la emergencia sanitaria.
  1. Otros aspectos para tener en cuenta:
-Continúan tres días sin IVA al año para electrodomésticos, elementos deportivos, vestuario, computadores, útiles escolares e insumos agropecuarios. -Se faculta a la DIAN para conciliar por mutuo acuerdo con el contribuyente los procesos tributarios, aduaneros y cambiarios. -Beneficio de auditoría: Para los años gravables 2022 y 2023 se permite reducir el término de firmeza de la declaración del impuesto sobre la renta, siempre que se aumente el impuesto a pagar. -Es importante mencionar que la mayoría de los temas acá indicados se encuentran sujetos a reglamentación por parte del Gobierno.
Ley 2155 de 2021, Congreso

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