Nueva licencia laboral para el cuidado de los menores de edad con enfermedades o condiciones terminales

El Congreso reglamenta una nueva licencia laboral remunerada, que deberá ser otorgada una vez por año, para el cuidado de menores de edad, a uno de los padres o a quien detente la custodia y el cuidado personal de un menor de edad que padezca enfermedad o condición terminal. De la norma destaca:
  1. La licencia remunerada se otorgará de mutuo acuerdo por 10 días hábiles (continuos o discontinuos).
  2. El empleado deberá certificar la enfermedad o condición terminal del menor, por medio de dictamen del médico tratante.
Congreso, Ley 2174 de 2021

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