Ley de Brazos Vacíos - Atención integral y cuidado de la salud mental de la mujer y la familia en casos de duelo por pérdida gestacional o perinatal

Por medio de la presente ley se establece la obligación al MinSalud, de expedir un lineamiento técnico para la atención integral en casos de duelo por pérdida gestacional o perinatal, aplicable a todos los actores del SGSSS que tengan a cargo la atención materno perinatal y de salud mental. De su contenido se destaca:
  • MinSalud, desde un criterio científico y técnico, definirá:
  1. Pérdida gestacional en cualquiera de sus etapas.
  2. Muerte neonatal.
  3. Duelo por pérdida perinatal.
  • MinSalud, dentro de 6 meses, deberá expedir y mantener actualizado un lineamiento técnico para la atención integral en casos de duelo por pérdida gestacional o perinatal y deberá contener como mínimo los siguientes elementos y/o parámetros:
  1. Los principios, derechos, obligaciones y criterios establecidos en la presente ley y en la Ley 2244 de 2022.
  2. Los estándares mínimos para la atención y acompañamiento integral por parte de los actores del SGSSS durante todo el proceso de duelo por pérdida gestacional o perinata.
  3. Los estándares de atención y acompañamiento en lo referente a la atención psicosocial.
  • Todas las IPS que tengan a su cargo la atención gestacional o materno perinatal y de salud mental, deberán adoptar el Lineamiento que expida el MinSalud en un término de 3 meses contados a partir de su expedición.
(Congreso, Ley 2310 de 2023, 02-ago-23)

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