Aprueba el «Convenio sobre la violencia y el acoso- No. 190» Adoptado por la 108a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo
Aprueba el Convenio No. 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptado en Ginebra el 21 de junio de 2019, que reconoce el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluyendo la violencia y el acoso por razón de género. Obligaciones de cumplimiento normativo Para empleadores:- Implementar políticas internas contra la violencia y el acoso.
- Incluir estos riesgos en los sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
- Proporcionar formación y canales de denuncia seguros y eficaces.
- Ámbito de aplicación amplio: incluye trabajadores asalariados, en formación, voluntarios, personas en búsqueda de empleo, y empleadores.
- Cobertura de espacios: aplica a lugares de trabajo, desplazamientos, comunicaciones laborales, alojamientos del empleador y trayectos entre casa y trabajo.
- Reconocimiento de la violencia doméstica como factor que afecta el empleo y la productividad.
- Enfoque de género: se reconoce que la violencia y el acoso afectan desproporcionadamente a mujeres y niñas.
- El Convenio fue consultado con empleadores, trabajadores y el Gobierno en el marco del Convenio 144 de la OIT.
- Su ratificación responde a compromisos internacionales y acuerdos con empleados públicos.
- No genera impacto fiscal directo, por lo que no requiere concepto del Ministerio de Hacienda.
