Se crea el fondo de emprendimiento para la mujer como instrumento para impulsar el emprendimiento, el empleo y la cultura financiera

La ley crea el Fondo de Emprendimiento para la Mujer (FEM) como instrumento para impulsar el emprendimiento, el empleo y la cultura financiera de mujeres rurales y urbanas en situación de vulnerabilidad. Su propósito es promover el empoderamiento económico, reducir brechas sociales y económicas, y facilitar la salida de ciclos de violencia de género e intrafamiliar. Disposiciones de alto impacto
  • Capital semilla directo: Se otorgan entre 0.5 y 3 SMLMV por mujer beneficiaria. No se permite recibir más de un aporte, ni individual ni colectivo.
  • Proyectos colectivos: Asociaciones de hasta 10 mujeres pueden recibir hasta 30 SMLMV. Se priorizan asociaciones rurales, de mujeres con discapacidad y cuidadoras.
  • Simplificación de trámites: Las solicitudes deben ser sencillas, sin formularios ni requisitos técnicos o educativos. Se prohíbe exigir documentación excesiva o formación profesional como condición de acceso.
  • Evaluación de proyectos mayores a 1 SMLMV: Las autoridades territoriales tienen 60 días para acompañar y evaluar la viabilidad financiera antes de aprobar la financiación.
  • Educación financiera: Se promueve la cultura financiera mediante programas de formación y asesoría, con apoyo de instituciones de educación superior.
  • Enfoque territorial y poblacional: Se impulsa el emprendimiento en municipios ZOMAC, PEDET y la región amazónica, con posibilidad de financiación adicional desde fuentes presupuestales específica.
(Congreso, Ley 2535 de 2025, 19-ago-25)

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