Domicilio Fiscal para Actividad Comercial ICA

Consejo de Estado, Sentencia 29299, 30 de agosto de 2025. El Consejo de Estado anuló una liquidación del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), al concluir que la actividad comercial no se realizó en Bogotá. La autoridad tributaria no probó el hecho generador en el Distrito Capital, ya que la ubicación del domicilio o la firma de contratos no es suficiente para determinar el lugar de la actividad.
Consejo de Estado, Sentencia 29299

Descargue el documento